El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró este viernes la constitucionalidad del carácter orgánico de la Ley Orgánica de Extinción de Dominio, en cumplimiento con el marco legal tipificado en los artículos 203 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 25 de la Ley Orgánica del TSJ.
La información fue dada a conocer a través de la publicación de Twitter de la Magistrada de la Sala Constitucional, Tania D´Amelio Cardiet.
La legislación venezolana establece las leyes orgánicas serán aquellas que así denomine la Constitución, las cuales se dictan para organizar los poderes públicos o para desarrollar los derechos constitucionales y las que sirvan de marco normativo a otras leyes.
Asimismo, señala que el proceso sancionatorio de este cuerpo legal inicialmente debe ser admitido por la Asamblea Nacional, y aprobado por el voto de las dos terceras partes de los integrantes del parlamento; para luego ser remitida, antes de su promulgación a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, “para que se pronuncie acerca de la constitucionalidad de su carácter orgánico”.
Enlace: https://t.co/U3W082S83J
— Tania D´Amelio Cardiet (@taniadamelio) April 28, 2023
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